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13 de junio de 2022Puntos clave del Reglamento Interno de Trabajo en Honduras
El Reglamento interno de trabajo es el instrumento legal que regula las relaciones obreros-patronales en una empresa. Al tenor de lo establecido en el artículo 87 del Código de Trabajo vigente, es el conjunto de normas obligatorias que determinan las condiciones que deben sujetarse el patrono y sus trabajadores en la prestación del servicio.
¿Quiénes están obligados a tener un reglamento interno de condiciones de trabajo? Todo patrono que ocupe más de cinco (5) trabajadores de carácter permanente en empresas comerciales o más de (10) en empresas industriales, o más de veinte (20) en empresas agrícolas, ganaderas o forestales. Sin embargo, en Honduras es muy común que una empresa tenga diferentes rubros o actividades, a esto se le conoce como empresas mixtas, y la obligación de tener un reglamento de trabajo existe cuando el patrón ocupe más de diez (10) trabajadores.
Se debe poner especial atención en que si bien, el reglamento es un instrumento jurídico que regula las condiciones de trabajo a lo interno de una empresa, este hace parte de contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento, salvo estipulación en contrario, que, sin embargo, solo puede ser favorable al trabajador. Es decir, el reglamento de condiciones de trabajo pasa a ser la norma de carácter general, en la cual se subsumen todos los derechos y obligaciones de la colectividad de los trabajadores. Sin embargo, el contrato individual de trabajo debe por sí solo, detallar las funciones individuales que, para el caso, son aplicables al trabajador en su condición individual.
Es común que, en nuestro país, sobrevengan una cantidad de demandas en materia laboral. Esto se debe a la mala aplicación de procesos disciplinarios a los trabajadores. El reglamento interno de trabajo es la herramienta jurídica cuya finalidad es precisamente evitar ese tipo de situaciones. Ya que, en el mismo se puede cimentar una base sólida al momento de sancionar un trabajador por una falta leve, menos grave y grave. Un marco legal que permita establecer el tipo de sanciones que van desde un llamado de atención verbal, escrito, suspensión de laborales sin goce de sueldo o el despido sin responsabilidad para el patrono.
Aun y cuando ya hemos establecido lo anterior, es necesario que los procesos disciplinarios sean aplicados de forma correcta, respetando las garantías y derechos de los trabajadores establecidos en la Constitución de la República, Tratados Internacionales y la Normativa Laboral vigente. Al momento de iniciar este proceso es indispensable contar con la asesoría de un profesional del derecho que pueda orientas al departamento de Recursos Humanos y así, evitar engorrosos procesos legales para las empresas.
Beneficios al contar con un Reglamento Interno de Trabajo.
– Determina las directrices sobre las cuales se llevarán a cabo las actividades de los subordinados, misma que fueron pactadas en los contratos individuales de trabajo.
– Las normas en el contenido son de observancia obligatoria para el patrono y sus trabajadores
– Genera un clima laboral sano, la cual es favorable para incrementar la productividad en la organización.
– Es el único instrumento donde se puede establecer medidas disciplinarias en caso de los colaboradores infrinjan algunas de sus disposiciones.
Cuando ya hemos estructurado nuestro reglamento de trabajo, estos, deberán de ser sometidos a la aprobación de la secretaria de Trabajo y Seguridad Social para su aprobación.
Aquí enumeramos algunos de los requisitos que estable la STSS:
REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUD DE APROBACION DE REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Y/O REFORMA PAARCIAL U TOTAL.
- Letra de presentación Arial 12, La Impresión debe efectuarse en papel tamaño oficio.
- Solicitud de aprobación del Reglamento Interno de Trabajo y/o reforma parcial o total, Indicar Número de Trabajadores a nivel nacional mujeres y varones.
- Carta Poder o Poder General Autenticado, Artículos 54, 56, 57, 61 inciso c, 62 de la Ley de Procedimiento Administrativo, Copia del carné del Colegio de Abogados de Honduras vigente (Articulo 11 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados).
- Acta de negociación y aprobación, que incluye el contenido del anteproyecto del Reglamento Interno de Trabajo y/o reforma parcial o total, firmado por la parte patronal o en su defecto sus representantes, igualmente por todos los trabajadores a quienes se ha de aplicar el reglamento Interno de Trabajo (Incluir número de tarjeta de identidad, huella digital índice derecho).
- Fotocopia autenticada de Escritura de Constitución de Sociedad Mercantil, de Comerciante Individual, o de Personalidad Jurídica, en caso de que el interesado sea una persona Jurídica. Si la denominación social de la empresa ha cambiado, acreditar copia autenticada del instrumento correspondiente.
- Contenido del Reglamento en físico y digital en formato word (en cd por defecto en memoria usb).
- Anexos. copia de RTN (empresa-sociedad), Tarjeta de Identidad Trabajadores y representante de la Empresa.
- Acreditar dos (2) Folder Tamaño oficio.
- En caso de solicitud de reforma parcial o total del Reglamento Interno de Trabajo, deberá agregar el o los artículos a ser reformados impresos y grabados en un CD, anexar además de lo requerido en los numerales anteriores, copia fotostática del Reglamento de Trabajo aprobado con anterioridad a la empresa, sociedad mercantil, asociación civil.
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