Como acreditar una deuda y exigir su pago
13 de junio de 2022Asesoría Legal para Emprendedores
13 de junio de 2022materia laboral, asesoria, legal
Permítenos revisar tus procesos laborales y te asesoramos en si estas actuando conforme a lo establecido por la ley. Evita malentendidos que te pueden llevar a situaciones innecesarias. Es muy importante conocer los derechos y obligaciones que regulan las relaciones empleador o empleado en el ámbito laboral.
Por ejemplo, contar con una buena asesoría legal en materia laboral te puede guiar en la toma de decisión en temas relacionados con tus colaboradores. Entre tanto, te compartimos estos 5 puntos para que los tengas en mente:
- Se presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo. La inexistencia del contrato escrito exigido por este Código es imputable al patrono. El patrono que no celebre por escrito los contratos de trabajo, u omita alguno de sus requisitos, hará presumir, en caso de controversia, que son ciertas las estipulaciones de trabajo alegadas por el trabajador, sin perjuicio de prueba en contrario.
- Un Contrato Individual de Trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a ejecutar una obra o a prestar sus servicios personales a otra persona, bajo la continua dependencia o subordinación de ésta y mediante una remuneración. Por dependencia continua se entiende la obligación que tiene el trabajador de acatar órdenes del patrono y de someterse a su dirección, ejercida personalmente o por medio de terceros, en todo lo que se refiera al trabajo.
- Sin importar el nombre que le den, existe contrato de trabajo y no deja de serlo, si concurran estos tres (3) elementos esenciales:
- La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
- La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del patrono, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento; y,
- Un salario como retribución del servicio.
- El famoso periodo de prueba no puede exceder de sesenta (60) días, es remunerado y es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto apreciar las aptitudes del trabajador por parte del patrono, y la conveniencia de las condiciones de trabajo por parte del trabajador.
- Siempre hay que pagar al colaborador sus derechos adquiridos, incluso cuando “terminan la relación en el periodo de prueba”. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones, a excepción del preaviso y la indemnización por despido.
En muchas ocasiones, por no contar con una asesoría laboral surgen conflictos que se pudieron haber prevenido. Estamos para asesorarte en cualquier situación laboral que se te presente. Ponemos a tu alcance nuestra experiencia, agenda una reunión con nuestro Abogado aquí y pregunta por nuestros planes para tu negocio. Estamos seguros de que podemos asesorarte de la mejor manera o gestionar la relación laboral con tus colaboradores.
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